miércoles, 5 de julio de 2017

Productos Financieros Peligrosos De Los Que Debes Huir

Son muchas las noticias que podemos ver casi a diario relacionadas con algún cliente de una entidad financiera que dice sentirse estafado por el banco, ya que no le han informado correctamente de las características de un determinado producto financiero en el que ha puesto su dinero aconsejado por el empleado de turno, asumiendo un riesgo mayor al deseado e incluso llegando a perder dinero.

Este es un tema que ha estado muy presente en los medios de comunicación españoles durante los últimos años, donde hemos podido descubrir la gran cantidad de dinero que mucha gente tenía en productos financieros cuya liquidez dependía de unos determinados resultados empresariales, y donde también hemos podido descubrir como muchas entidades financieras aplicaban de manera sistemática malas prácticas bancarias.

Por lo tanto, todo lo que hemos vivido durante estos años en relación a las consecuencias de la tenencia de diferentes productos financieros es una combinación de mala educación financiera y malas prácticas bancarias.

Lo segundo es una responsabilidad de la justicia española, que debe hacer pagar su mala actuación a aquellas entidades financieras que realmente se han comportado de forma deshonesta. Pero en relación a la primera de las razones, la falta de educación financiera, tenemos mucha responsabilidad personal y debemos ser conscientes de que es un trabajo de estudio que nadie va a realizar por nosotros.



5 PRODUCTOS FINANCIEROS PELIGROSOS DE LOS QUE DEBES HUIR


Por ello hoy quiero hablarte de una serie de productos financieros que pueden ser ofrecidos a cualquier persona en cualquier oficina bancaria del país, y los cuales considero que son productos peligrosos para la gran mayoría de los clientes.

En un contexto como el actual, con los tipos de interés en el 0% y con los ahorradores buscando desesperadamente algo de rentabilidad en productos alternativos a los tradicionales depósitos, pueden sernos colados como algo que realmente no es.



1.- Fondos garantizados


Un fondo de inversión garantizado es un fondo de inversión que puede garantizarnos total o parcialmente el capital invertido en este producto financiero y que nos promete una rentabilidad determinada en el caso de que se cumplan una serie de condiciones en el mercado hasta una determinada fecha pactada en el contrato.

Los fondos garantizados se engloban dentro de los denominados productos estructurados, que no son más que una combinación de dos o más instrumentos financieros, y que normalmente incluye algún contrato de opción financiera hasta vencimiento.

Uno de los conceptos que puede llevarnos a error es la palabra “garantizado”.  Como bien podemos deducir, un producto garantizado sería aquel que en el momento del vencimiento nos garantiza que nos devolverá todo el capital invertido. Esto ocurre en los fondos garantizados, sí, pero no siempre.

Existen una serie de casos en donde un fondo garantizado no garantiza la devolución total del capital invertido, y es obligatorio que esto venga especificado en el folleto que explica el producto.

Así, podemos encontrarnos con fondos que garantizan sólo el 90, 80, 75%… del capital aportado, pudiendo perder la parte no garantizada de nuestra inversión en caso de que no se cumplan las condiciones especificadas para la devolución del capital.



Una cosa debemos tener clara: Todo producto que no garantice el 100% del capital invertido no puede utilizar en su denominación la palabra garantizado, por lo que, si esto no ocurre, estaremos ante un producto en el que podremos perder parte de nuestro dinero.

En lo que respecta a la rentabilidad de los fondos garantizados, ésta suele estar vinculada a la evolución de un determinado índice bursátil o a la evolución de la cotización de una o varias acciones. Si se cumplen unos determinados requisitos de rentabilidad en esos activos vinculados, el banco pagará la cantidad pactada. Si no se cumplen, pagará una rentabilidad menor o incluso no pagará.

El caso es que rara vez un cliente gana dinero con un garantizado. Los bancos creadores de este tipo de productos calculan las probabilidades de que las condiciones por las que se pagará más rentabilidad sucedan, y eligen aquella que es más difícil de cumplir, lo que supone que normalmente el cliente no gane con un producto de este tipo.



2.- CoCo´s (bonos convertibles contingentes)


Los CoCo´s son un producto financiero de reciente creación que surge por la necesidad de la banca de mejorar su capitalización.

Los CoCo´s son deuda del propio banco (bonos) que es comercializada, en teoría, entre “inversores cualificados”, es decir, que no puede ser comercializada a personas con pocos conocimientos o con un historial de productos muy simples, como los depósitos.

El problema de esto es que, por ejemplo, en el caso de las preferentes, también eran unos productos financieros que sólo se podían comercializar a inversores cualificados y al final se las colaron a pensionistas sin ningún conocimiento financiero.

Por lo tanto, ante la posibilidad de que esto pueda volver a ocurrir, es necesario que sepamos qué son y cómo funcionan los bonos convertibles contingentes.

Como digo, los CoCo´s son bonos que son susceptibles de convertirse en acciones de la entidad siempre y cuando se den una serie de circunstancias, básicamente que las reservas de capital de la entidad se encuentren por debajo del mínimo establecido.

Así, el tenedor de CoCo´s, recibirá periódicamente el cobro de un cupón por la adquisición de los bonos convertibles, y en caso de que el nivel de reservas de capital se sitúe por debajo del nivel mínimo, el banco forzará a los inversores a convertir su deuda en acciones (capital).



Cabe señalar que este último punto es clave, y supone una diferencia importante frente a los bonos convertibles tradicionales, ya que en éstos la decisión de convertir los bonos en acciones está en manos del inversor, mientras que en los CoCo´s, el banco fuerza al inversor a convertir deuda en acciones. Por tanto, el poder de decisión no lo tiene el inversor sino el banco.

Si una empresa tiene problemas de capital, esto supone que el valor de sus acciones sufrirá debido a la incertidumbre que existirá sobre su viabilidad, por lo que la conversión forzosa de la deuda en acciones supondrá un mal negocio para todo aquel que haya puesto su dinero en CoCo´s.



3.- Swaps


Un Swap o permuta financiera, es un acuerdo entre dos partes sobre el intercambio de flujos monetarios representativos de pagos de tipos de interés durante un periodo de tiempo determinado y previamente pactado, el cual puede oscilar entre uno y diez años.

Es decir, es un instrumento de cobertura frente a la posibilidad de fluctuación de los tipos de interés. Así, una de las partes recibe durante la vigencia del contrato una cantidad monetaria en base a un tipo de interés fijo, mientras que la otra parte recibirá una cantidad en base a un tipo de interés variable, normalmente en base al Euribor. Existen diferentes modalidades de swaps, pero aquí vamos a estudiar el ejemplo del contrato más común, aquel en donde el cliente compra un swap donde paga un porcentaje fijo a cambio de recibir un flujo variable (compra de swap fijo-variable).

Supongamos que adquirimos un préstamo de 300.000 € a devolver en cinco años y que vivimos en un momento económico caracterizado por el alza en los tipos de interés, preocupándonos el impacto que pueda tener una subida de éstos en el coste financiero del préstamo.

Para ello adquirimos un swap al 1,75% en donde la entidad en cada período pactado nos dará un flujo monetario en función de la cotización del Euribor en ese momento.






Nosotros pagaremos en concepto de cobertura ante la subida del tipo de interés la cantidad fija del 1,75% sobre el préstamo (300.000 €), es decir 5.250 €, por cada uno de los años de amortización.

Por su parte la entidad financiera estará obligada a pagarnos un flujo cuya cantidad variará en función de la evolución del Euribor.

El gran riesgo que existe en este tipo de productos de cobertura radica en no realizar un correcto análisis de la futura evolución de los tipos de interés durante el periodo de vigencia de nuestro préstamo.

Hacer en esto una mala predicción puede llevarnos a comprar un swap a un precio demasiado elevado y que los tipos de interés no superen ese nivel, por lo que el coste que soportaríamos por el diferencial entre lo pagado y lo recibido podría ser muy grande si la cobertura no pudiese ser aplicada.



4.- Warrants


El Warrant es un producto financiero que otorga el derecho, pero no la obligación de comprar un subyacente a un precio determinado en una fecha futura. Ante la previsión de un alza en el precio del subyacente, podemos adquirir un call warrant, mientras que, si prevemos que la cotización del subyacente va a caer, podemos comprar un put warrant.

Los Warrants son muy similares a las opciones financieras, pero tienen algunas diferencias que los hacen especialmente peligrosos. Por un lado, los Warrants no cotizan en un mercado regulado, por lo que en el caso de que exista algún problema no tendremos a ninguna cámara de compensación velando por nuestro interés.

En las opciones el precio de la prima depende de la oferta y la demanda, es decir, del mercado, mientras que en los warrants es una entidad financiera la que fija el precio de venta, lo que supone dejar al comprador del warrant a merced de la entidad financiera que emite el producto.

Dado que no existen múltiples vendedores de warrants, el precio de las primas será mucho más alto que las primas de las opciones financieras, por lo que para el inversor particular le será mucho más costoso invertir a través de warrants que de opciones.



5.- Participaciones preferentes y deuda subordinada


Estos son probablemente los productos financieros que más (mala) fama han cogido en los últimos años.

Deuda subordinada y participaciones preferentes son una serie de activos que cumplen la función básica de financiar los recursos propios de las entidades financieras que las emiten, es decir, no son instrumentos emitidos por estas entidades para obtener simplemente liquidez ( esto lo pueden conseguir bien en el mercado de acciones o bien emitiendo deuda propia en forma de pagarés o bonos), sino que son emitidos, con previo consentimiento del Banco de España y la CNMV, para cubrir sus necesidades de cumplimiento del ratio de recursos propios.

 Es decir, cuando una entidad financiera emite deuda subordinada o participaciones preferentes implica que esa entidad está sufriendo algún tipo de tensión en su balance.

En el caso de la deuda subordinada, al igual que en los bonos y obligaciones del estado, el inversor recibe periódicamente el cobro de un cupón, pero sólo en los años en que la entidad tenga beneficios.

Si un año el banco o empresa que emite deuda subordinada no tiene beneficios, no pagará nada, aunque la rentabilidad no se perdería y recuperaría sus pagos cuando la empresa volviese a tener beneficios.

En lo que respecta a las participaciones preferentes, éstos son títulos emitidos para cubrir las necesidades de recursos propios de la entidad.


Son emitidas sin fecha de vencimiento, aunque se deja abierta la posibilidad de que el inversor recupere su dinero (no antes de cinco años desde la firma del contrato) bien a través de dinero en efectivo o bien a través de un canje de acciones; y el cobro del cupón sólo sucede si la entidad obtiene beneficios en el ejercicio correspondiente. A diferencia de los títulos de deuda subordinada, si la rentabilidad pactada no se cobra en un ejercicio, ésta no se acumula y se pierde para siempre.

Como vemos tanto la deuda subordinada como las participaciones preferentes son unos productos financieros que dependen mucho de la situación de la economía en donde la entidad de turno desarrolla su actividad, puesto que si estos productos son emitidos en un momento en que la economía está creciendo de forma sostenida, es más probable que cierre sus ejercicios con beneficios que si se encuentra con una economía en fase recesiva donde es mucho más difícil obtener beneficios debido a la contracción de su actividad, que es precisamente lo que ha ocurrido en España.




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